La Directiva 2008/98/CE sobre los residuos, define la valorización de residuos como “cualquier operación cuyo resultado principal sea que el residuo sirva a una finalidad útil al sustituir a otros materiales que de otro modo se habrían utilizado para cumplir una función particular, o que el residuo sea preparado para cumplir esa función, en la instalación o en la economía en general”.
En los últimos tiempos, la generación de residuos en España se ha visto incrementada considerablemente, siendo ésta superior a los 100 Mt anuales. Desafortunadamente, este aumento no ha llevado aparejado una evolución adecuada en la gestión sostenible, prevaleciendo el vertido como opción principal frente a otras alternativas de tratamiento más adecuadas desde un punto de vista medioambiental como son la reutilización, el reciclaje o la valorización energética. Esta situación se ha producido ya que lamentablemente en ciertas comunidades autónomas es más económico depositar los residuos en un vertedero por la ausencia de gravámenes fiscales y la ausencia de medidas que obliguen legalmente al pre-tratamiento de los residuos, como factores principales que favorecen el vertido frente a otros tipos de tratamiento más sostenibles, difiriendo bastante de otros países europeos como Alemania, con los efectos ambientales negativos asociados.
Esta operación de tratamiento “D5” (Depósito controlado en lugares especialmente diseñados), según establece la Ley 22/2011 de 28 de julio de residuos y suelos contaminados, sí tienen un gravamen especial en ciertas comunidades autónomas por llevar a cabo el depósito en tierra de los residuos, bien por la entrega a vertederos públicos o privados, bien por el abandono en lugares no autorizados (actividad totalmente ilegal). Pero dentro de estas tasas, existen los supuestos de no sujeción, beneficioso para los productores, donde se encuentra; El depósito y almacenamiento de residuos con el fin de gestionarlos para su reutilización, reciclado o valorización.
No obstante, quedará sujeto al impuesto, en todo caso, el depósito en tierra o la entrega en vertedero del rechazo resultante de los procesos de reutilización, reciclado o valorización. Por ello, entre otras razones, como pueden ser la Responsabilidad Social Corporativa, la imagen medio ambiental…los productores cada vez más se esfuerzan en obtener dentro de sus memorias anuales en materia de medio ambiente y generación de residuos una “R” dentro de los tratamientos que han llevado a cabo a sus residuos. A lo largo de este tiempo se plantean ciertas dudas, como ; ¿deberían ser iguales todas las “R”?, ¿la obtención de una mejor “R” justifica la distancia a la que se encuentre la planta de tratamiento con el mayor impacto que supone de forma indirecta?
No todas las “R” deberían ser iguales, ya que una R13 “Almacenamiento de residuos en espera de cualquiera de las operaciones numeradas de R 1 a R 12 (excluido el almacenamiento temporal, en espera de recogida, en el lugar donde se produjo el residuo)”, es un almacenamiento, y no garantiza que posteriormente se lleve una adecuada gestión del residuo. Recientemente hemos podido leer en las noticias, cómo alguna planta, en vez de tratar los residuos de una forma responsable y adecuada (en principio se llevaría a cabo una pirólisis), llevaron a cabo el depósito en un vertedero, pasando de nuevo los mismos residuos a obtener una calificación “D” , por lo que la empresa responsable que quería que sus residuos fueran valorizados y así era su voluntad, que obtuvo un certificado de “valorización”, finalmente ha visto cómo sus residuos han terminado enterrados en un vaso de vertido. Esta actuación mediante una instalación que desarrollaba su actividad bajo una operación R13, no debería ser mejor que una planta de compostaje, biometanización o valorización material, ya que éstas son destinos finales y no intermedios como es el caso.
Bajo esta noticia, se plantea también la inseguridad de detectar cuándo una instalación cumple con su autorización y ésta está vigente, ya que cuando la administración pública revoca una autorización, no va físicamente y la elimina del archivo en la propia instalación ya que obviamente en el mundo digital actual, no es una acción que se pueda llevar a cabo. Es necesario la actualización de sitios web por parte de las autoridades, administraciones públicas o la existencia de algún registro donde se pueda llevar a cabo una consulta actualizada, ya que ésta no lo está en numerosas ocasiones y se hace difícil poder estar informado con la fiabilidad suficiente.
Se están haciendo muchos esfuerzos de concienciación, formación en materia de residuos, valorización, empresas respetuosas con el medio ambiente…pero todavía tenemos lagunas que debemos solventar y dar un paso hacia delante en otros aspectos incentivadores, sobretodo para premiar la pirámide de residuos cuando se cumple de forma inequívoca primeramente la disminución, la valorización y/o reutilización de los residuos por parte de las empresas que los generan.
Nos queda mucho camino, donde los profesionales de medio ambiente necesitan tener claras las alternativas para la gestión de los residuos mediante una reutilización y valorización donde valorar tanto las últimas tecnologías, diferentes alternativas y un conocimiento óptimo de los procesos, además de detectar oportunidades de negocio donde establecer la economía circular.
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